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CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS



CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS - INTERNATIONAL MERCHANDISING SALES AGREEMENT

Contrato de compra venta que celebran por una parte la empresa [Buyer's Name / Nombre del comprador] representada en este acto por [Buyer's Representative / Representante del Comprador] y por la otra la empresa [Seller's Name / Nombre del Vendedor] representada por [Seller's Representative / Representante del Vendedor] quienes en lo sucesivo se les denominar� como "La Vendedora" y "La Compradora" respectivamente, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cl�usulas:

DECLARACIONES

Declara "EL COMPRADOR"

I. Que es una sociedad an�nima legalmente constituida de conformidad con las leyes de [Country of Jurisdiction / Pa�s de Jurisdicci�n] con fecha [Buyer's Date of Incorporation / Fecha del Constituci�n del Comprador] seg�n consta en la escritura p�blica n�mero [Buyer's Document Number / N�mero de Escritura del Comprador].

II. Que dentro de su objeto social se encuentran entre otras actividades, las de fabricaci�n, comercializaci�n, importaci�n y exportaci�n de [Buyer's Activities / Actividades del Comprador].

III. Que cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y el personal adecuado para realizar las actividades a que se refiere la declaraci�n que antecede.

IV. Que el [Buyer's Representative / Representante del Comprador] es su legitimo representado y en consecuencia, se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento y obligar en los t�rminos del mismo.

V. Que tiene su domicilio en [Buyer's Address / Domicilio del comprador] mismo que se�ala para todos los efectos legales a que haya lugar.

Declara "EL VENDEDOR"

I. Que es una sociedad an�nima legalmente constituida de conformidad con las leyes de [Seller's Jurisdiction Country / Pa�s de Jurisdicci�n del Vendedor] con fecha [Seller's Date of Incorporation / Fecha del Constituci�n del Vendedor] seg�n consta en la escritura p�blica n�mero [N�mero de Escritura del Vendedor].

II. Que dentro de su objeto social se encuentran entre otras actividades, las de fabricaci�n, comercializaci�n, importaci�n y exportaci�n de [Actividades del Vendedor].

III. Que conoce las caracter�sticas y especificaciones de los productos objeto del presente contrato.

IV. Que [Seller's Representative / Representante del Vendedor] es su legitimo representante y est� facultado para suscribir este contrato.

IV. Que tiene su domicilio en [Seller's Address / Domicilio del vendedor] mismo que se�ala para todos los efectos legales a que haya lugar.

Ambas partes declaran:

Que tienen inter�s en realizar las operaciones comerciales a que se refiere el presente contrato, de conformidad con las anteriores declaraciones y al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Objeto del Contrato, por medio de este instrumento "La Vendedora" obliga a vender y "La Compradora " a adquirir

SEGUNDA.- Precio. El precio de los productos objeto de este contrato que "La Compradora" se compromete a pagar ser� la cantidad de $ [Precio a pagar].

Ambas partes comprometen a renegociar el precio antes pactado, cuando �ste sea afectado por variaciones en el mercado internacional o par condiciones econ�micas, pol�ticas o sociales extremas en el pa�s de origen o en el de destino, en perjuicio de cualquiera de las partes.

TERCERA.- Forma de pago. "La Compradora" se obliga a pagar a "La Vendedora" el precio pactado en la CLAUSULA anterior, mediante carta de cr�dito documentaria, confirmada e irrevocable y pagadera a la contra entrega de los documentos siguientes: [Document Description / Descripci�n de documentos].

De conformidad con lo pactado en el p�rrafo anterior, "La Compradora" se compromete a realizar las gestiones correspondientes, a fin de que se establezca la carta de cr�dito en las condiciones antes se�aladas en el banco [Name of the Bank / Nombre del banco] de la ciudad de [Ciudad de Vigencia] con una vigencia de [Vigencia de la carta].

Los gastos que se originen por la apertura y manejo de la carta de cr�dito, ser�n pagados por "La Compradora"

CUARTA.- Envase y embalaje de las mercanc�as. "La Vendedora" se obliga a entregar las mercanc�as objeto de este contrato, en el lugar se�alado en la cl�usula segunda anterior cumpliendo con las especificaciones siguientes:

QUINTA.- Fecha de entrega. "La Vendedora" se obliga a entregar las mercanc�as a que se refiere este contrato dentro de los [Delivery Period / Plazo de Entrega] d�as posteriores a la fecha en que reciba la confirmaci�n de la carta de cr�dito que se menciona en la cl�usula tercera del presente contrato.

SEXTA.- Patentes y marcas. "La Vendedora" declara y "La Compradora" reconoce que los productos objeto de este contrato, se encuentran debidamente registrados al amparo de la(s) patente(s) n�mero(s) [N�mero de patentes] y la marca(s) n�mero(s) [N�mero de marcas].

"La Compradora" se obliga por medio de este instrumento a prestar toda la ayuda que sea necesaria a "La Vendedora" a costa y riesgo de esta �ltima, para que las patentes y marcas a que se refiere la presente cl�usula sean debidamente registradas en

Asimismo, "La Compradora" se compromete a notificar a "La Vendedora", tan pronto tenga conocimiento, de cualquier violaci�n o uso indebido a dicha (s) patente (s) y marca (s) durante la vigencia del presente contrato a fin de que "La Vendedora" pueda ejercer los derechos que legalmente le correspondan.

SEPTIMA.- Vigencia del contrato. Ambas partes convienen que una vez que "La Vendedora" haya entregado la totalidad de la mercanc�a convenida en la cl�usula primera; y "La Compradora" haya cumplido plenamente con todas y coda una de las obligaciones estipuladas en el presente instrumento operar� autom�ticamente su terminaci�n.

OCTAVA.- Rescisi�n par incumplimiento. Ambas partes podr�n rescindir este contrato en el case de que una de ellas incumpla sus obligaciones y se abstenga de tomar medidas necesarias para reparar dicho incumplimiento dentro de los 15 d�as siguientes al aviso, notificaci�n o requerimiento que la otra parte le haga en el sentido de que proceda a reparar el incumplimiento de que se trate.

La parte que ejercite su derecho a la rescisi�n deber� da dar aviso a la otra, cumplido que sea el t�rmino a que refiere el p�rrafo anterior.

NOVENA.- Insolvencia. Ambas partes podr�n dar par terminado el presente contrato, en forma anticipada y sin necesidad de declaraci�n judicial previa, en case de que una de ellas fuere declarada en quiebra, suspensi�n de pagos, concurso de acreedores o cualquier otro tipo de insolvencia.

DECIMA.- Subsistencia de las obligaciones. La rescisi�n o terminaci�n de este contrato no afectar� de manera alguna a la validez y exigibilidad de las obligaciones contra�das con anterioridad, o de aquellas ya formadas que, por su naturaleza o disposici�n de la ley, o par voluntad de las partes, deban diferirse a fecha posterior. En consecuencia, las partes podr�n exigir a�n con posterioridad a la rescisi�n o terminaci�n del contrato el cumplimiento de estas obligaciones.

DECIMA PRIMERA.- Cesi�n de Derechos y Obligaciones. No se podr�n ceder o transferir total o parcialmente los derechos ni las obligaciones derivados de este contrato par ninguna de las partes.

DECIMA SECUNDA.- Limite de la responsabilidad contractual. Ambas partes aceptan que no ser� imputable a ninguna de ellas, la responsabilidad derivada de case fortuito o fuerza mayor y convienen en suspender los derechos y obligaciones establecidos en este contrato los cuales podr�n reanudar de com�n acuerdo en el momento en que desaparezca el motivo de la suspensi�n, siempre y cuando se trate de los cases previstos en esta cl�usula.

DECIMA TERCERA.- Legislaci�n aplicable. En todo lo convenido y en lo que no se encuentre expresamente previsto, este contrato se regir� par las leyes vigentes en [Jurisdiction City / Ciudad de Jurisdicci�n], particularmente lo dispuesto en la Convenci�n de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercader�as y en su defecto, par los usos y pr�cticas comerciales reconocidos par estas.

DECIMA CUARTA.- Arbitraje. Para la interpretaci�n, ejecuci�n y cumplimiento de las cl�usulas de este contrato y para la soluci�n de cualquier controversia que se derive del mismo, las partes convienen en someterse a la conciliaci�n y a arbitraje.